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El Gobierno aprueba un decreto para limitar alimentos poco saludables en hospitales y residencias

La normativa restrictiva también afecta a escuelas infantiles, bibliotecas y universidades, buscando promover una dieta más saludable.

Publicado: 3 de noviembre de 2026, 10:17

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo real decreto que modifica las normas relativas a la alimentación en hospitales, residencias de mayores y escuelas infantiles, limitando severamente la oferta de alimentos precocinados y frituras. Esta normativa, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, forma parte de una estrategia más amplia para fomentar hábitos alimenticios saludables y sostenibles en espacios públicos y educativos.

Entre las principales restricciones que se implementan, se establece un máximo de tres raciones mensuales de alimentos precocinados que pueden ser servidos en los menús de hospitales y residencias de mayores o personas dependientes. Para los menores de edad, es aún más restrictivo: solamente se permitirá una ración al mes, alineándose con las directrices ya existentes para las escuelas infantiles de 0 a 3 años.

La norma también impone un límite de dos raciones semanales de frituras, y excluye alimentos que contengan altos niveles de grasas saturadas, azúcares o sal en los menús destinados a la población infantil hospitalizada y en las escuelas infantiles. Estas medidas buscan combatir la desnutrición y promover una dieta equilibrada adaptada a las diferentes etapas de desarrollo.

Además de las restricciones mencionadas, el decreto requiere que al menos el 90% de las frutas y el 30% de las hortalizas ofrecidas en estos centros sean frescas y de temporada. También se estipula que un mínimo del 10% de ellas debe provenir de circuitos cortos de distribución, apoyando así la agricultura local.

La normativa no solo se centra en los productos que se servirán en los centros, sino que también establece requisitos para las máquinas expendedoras que operan en estas instalaciones. Se obliga a que al menos el 70% de los artículos disponibles sean saludables. También se limita la cantidad de bebidas azucaradas y energéticas, y las máquinas de café deben ofrecer, de manera predeterminada, productos sin azúcar añadido, permitiendo solo una cantidad mínima de dulzor opcional.

La obligación de contar con supervisión profesional en la elaboración de menús significa que la alimentarción deberá ser gestionada por especialistas en nutrición y dietética, asegurando que se adapten a las necesidades individuales de los usuarios, ya sean por motivos de salud, éticos o religiosos. Asimismo, se implementarán cribados nutricionales en hospitales y residencias para detectar y prevenir situaciones de desnutrición.

El enfoque hacia la sostenibilidad se manifiesta en la exigencia de que al menos el 25% del coste de adquisición de los alimentos provenga de productos de producción ecológica. Este porcentaje, durante un periodo de transición de cuatro años, podrá reducirse al 10% para facilitar la adaptación de los sectores afectados a las nuevas normativas.

En resumen, la nueva normativa tiene como objetivo transformar el modelo alimentario en hospitales, residencias y escuelas infantiles, puntando a un futuro más saludable y sostenible en el ámbito de la alimentación pública.