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El Tribunal Supremo confirma la sanción a guardia civil por conducta inapropiada en Moncloa
El agente fue suspendido 20 días por emborracharse y hacer un 'calvo' al jefe de escoltas de Sánchez en 2022.
Publicado: 20 de julio de 2026, 10:32
El Tribunal Supremo ha avalado la sanción impuesta a un guardia civil que, durante su turno en el gimnasio del personal de seguridad de la Presidencia del Gobierno, se emborrachó y protagonizó un comportamiento considerado como "indigno" mientras estaba de servicio. La Sala de lo Militar del Tribunal tomó esta decisión tras un expediente disciplinario seguido a este agente, que incluye una suspensión de empleo y sueldo por un total de 20 días.
Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil, encargado de velar por el orden en el gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia, llegó a su turno de tarde tras haber consumido previamente alcohol. Según se recoge en la sentencia, el agente comenzó el día en una cafetería donde tomó dos cervezas y varios pinchos. Luego, dentro del gimnasio, permitió y participó en el consumo de alcohol, incluso facilitando la entrada de una botella de ginebra que llegó con compañeros.
A las 15:00 horas, durante su turno, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, accedieron a la sala y se encontraron con el guardia civil en un evidente estado de embriaguez. Este se bajó los pantalones, mostrando su trasero mientras bailaba en presencia de estos mandos, lo que generó una situación bochornosa y poco profesional para un agente de la Benemérita.
El Tribunal Militar Central ya había ratificado la sanción, alegando que la conducta del guardia civil era "gravemente contraria a la dignidad de la Guardia Civil". A pesar de que el sancionado presentó un recurso, el Tribunal Supremo desestimó todas sus alegaciones, indicando que existían suficientes pruebas, incluyendo testimonios de compañeros, que corroboraban su estado de embriaguez y comportamiento inadecuado en un entorno oficial.
La resolución del Supremo también refutó el argumento del guardia civil de que su comportamiento no había repercutido en la imagen pública de la Guardia Civil, señalando que, aunque el incidente ocurrió dentro de un entorno cerrado, había testigos ajenos a su cuerpo, lo que subraya la gravedad de la situación.
La importancia de la resolución reafirma la necesidad de mantener un comportamiento profesional adecuado por parte de todos los miembros de las fuerzas de seguridad, incluso en circunstancias informales o en entornos donde la vigilancia se pueda considerar relajada. En cualquier caso, el Tribunal consideró que la pena impuesta era proporcional a la falta cometida, especialmente dado que el agente actuaba bajo los efectos del alcohol durante su jornada laboral, lo que también contravenía las normas de su puesto.
De esta forma, el Tribunal Supremo cerró un caso que ha dado la vuelta a los medios, convirtiéndose en un ejemplo de lo que no se debe hacer en el ámbito profesional, especialmente en una institución con la relevancia de la Guardia Civil.
Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil, encargado de velar por el orden en el gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia, llegó a su turno de tarde tras haber consumido previamente alcohol. Según se recoge en la sentencia, el agente comenzó el día en una cafetería donde tomó dos cervezas y varios pinchos. Luego, dentro del gimnasio, permitió y participó en el consumo de alcohol, incluso facilitando la entrada de una botella de ginebra que llegó con compañeros.
A las 15:00 horas, durante su turno, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, accedieron a la sala y se encontraron con el guardia civil en un evidente estado de embriaguez. Este se bajó los pantalones, mostrando su trasero mientras bailaba en presencia de estos mandos, lo que generó una situación bochornosa y poco profesional para un agente de la Benemérita.
El Tribunal Militar Central ya había ratificado la sanción, alegando que la conducta del guardia civil era "gravemente contraria a la dignidad de la Guardia Civil". A pesar de que el sancionado presentó un recurso, el Tribunal Supremo desestimó todas sus alegaciones, indicando que existían suficientes pruebas, incluyendo testimonios de compañeros, que corroboraban su estado de embriaguez y comportamiento inadecuado en un entorno oficial.
La resolución del Supremo también refutó el argumento del guardia civil de que su comportamiento no había repercutido en la imagen pública de la Guardia Civil, señalando que, aunque el incidente ocurrió dentro de un entorno cerrado, había testigos ajenos a su cuerpo, lo que subraya la gravedad de la situación.
La importancia de la resolución reafirma la necesidad de mantener un comportamiento profesional adecuado por parte de todos los miembros de las fuerzas de seguridad, incluso en circunstancias informales o en entornos donde la vigilancia se pueda considerar relajada. En cualquier caso, el Tribunal consideró que la pena impuesta era proporcional a la falta cometida, especialmente dado que el agente actuaba bajo los efectos del alcohol durante su jornada laboral, lo que también contravenía las normas de su puesto.
De esta forma, el Tribunal Supremo cerró un caso que ha dado la vuelta a los medios, convirtiéndose en un ejemplo de lo que no se debe hacer en el ámbito profesional, especialmente en una institución con la relevancia de la Guardia Civil.